Beneficios en la matriculación de un coche por cambio de residencia

Si te encuentras en esta situación de cambio de residencia, y quieres retornar a vivir a España, es importante que leas este artículo para ver si cumples los requisitos y se te pueden aplicar los beneficios fiscales que conlleva, la matriculación de un coche por cambio de residencia.

En los últimos tiempos, nos encontramos con muchos clientes que, por diferentes motivos, quieren volver a residir en España después de haber estado meses o años viviendo en el extranjero. Muchos de ellos quieren traerse su “ajuar”, entre los cuales se incluye uno o dos coches, que quieren matricular y beneficiarse de las exenciones por cambio de residencia.

¿Qué dinero te ahorras al optar por cambio residencia?

Exención pago de aranceles de importación

Cabe recordar que todos los coches, importados de países de fuera de la Unión Europea, tienen que pagar un 10% de aranceles al entrar en España. Pues bien en el caso de la importación por traslado de residencia no se paga este arancel.

Exención pago IVA

Lo mismo que sucede con los aranceles pasa con el IVA, en una importación normal había que pagar el IVA en la aduana, pero al cumplir los requisitos de cambio de residencia se está exento de pago de IVA del 21 %

Exención pago de impuesto de matriculación

Aunque el vehículo emita más de 120 gramos de CO2 por kilómetro en combinado, no se tiene que pagar el impuesto de matriculación (declarado exento en el Modelo 576).

Gastos de la homologación individual

Como comentamos en otros artículos, hay vehículos que carecen de contraseña de homologación europea, porque no cumplen con los estándares requeridos para matricular en Europa. Hay casos, en los que bien no se pueden matricular en la Unión Europea o bien haría falta una homologación individual (es costosa) y su posterior aprobación por laboratorios homologados.

En el caso de optar a la matriculación por cambio de residencia de un turismo, no habría ningún tipo de impedimento al respecto, y simplemente con una ficha reducida (coste aproximado 100 € o inferior), se podría pasar la ITV en España. En cambio, si el vehículo a matricular es un vehículo industrial o comercial, no servirá con la ficha reducida, sino que es necesario en este caso, obtener una homologación individual. 

¿ Cuáles son los requisitos?

Además de las ventajas y beneficios que conlleva la matriculación de un coche por cambio de residencia, debes tener en cuenta que para optar a ello, hay que cumplir una serie de requisitos y presentar una serie de documentación. En este artículo de la página de impuestomatriculacion.com, te explican muy bien cómo es el proceso de solicitud y plazos.

Más de 1 año en el extranjero

La persona que decida utilizar esta opción, debe llevar al menos más de un año residiendo en el país donde ha comprado el coche. Y deberá poder acreditarlo con los documentos que sean necesarios y que la Agencia Tributaria solicite en cada caso. Por ejemplo, certificado de empadronamiento o alta consular en el país de origen, pago de impuestos correspondientes, etc. La AEAT dice literalmente “un plazo no inferior a DOCE MESES consecutivos”.

Compra del coche hace más de 6 meses

Se debe tener una factura o contrato de compra del vehículo, así como un uso normal, con una antigüedad superior a 6 meses.  Es decir, que debe haberse utilizado por el interesado, en el lugar de su antigua.

Residencia normal durante un mínimo de 12 meses

Es importante destacar que la Agencia Tributaria nos solicitará los documentos necesarios para verificar y controlar todo lo que le presentemos. Ante la mínima duda de validez o de veracidad no aprobará dichos beneficios.

Hacer un DUA por cambio de residencia

Es muy importante realizar un DUA por cambio de residencia y no por importación normal. Si al momento de hacer la importación de entrada en España, hacemos un DUA normal y no por cambio de residencia, da igual lo que hagamos en el futuro, porque no aceptarán ningún tipo de beneficio fiscal, ya que se entiende que es una importación normal.

Empadronarse en España

Lógicamente para poder matricular luego el vehículo en el país , debemos estar empadronados en algún pueblo o ciudad española, puesto que de lo contrario no se podrá registrar en España.

Utilizarlo de manera normal al menos otros 12 meses desde su aceptación y posterior registro en España

No se puede vender ni alquilar el coche durante ese periodo de tiempo (12 meses).

Estos son las ventajas y los requisitos que deben de cumplirse para poder matricular tu coche en caso de cambio de residencia. Si necesitas ayuda para poder realizar todos los trámites, no dudes en consultarnos.

29 comentarios en «Beneficios en la matriculación de un coche por cambio de residencia»

    • Hola ANne, tal y como explicamos en el artículo, para poder matricular un vehículo por cambio de residencia y beneficiarte de la exención de impuestos, debes de cumplir los requisitos mencionados. Residir en el país de origen durante al menos una año y poder justificarlo mediante alta y baja consular, y usar el vehículo durante al menos seis meses antes del cambio de residencia, debes hacer uso del vehículo y tenerlo registrado a tu nombre en el país de origen. Una vez en España debes de empadronarte en tu lugar de residencia. Es requisito imprescindible y muy importante, que la solicitud de la exección del Impuesto de Matriculación la solicites antes de un mes desde la fecha del despacho de Aduana o de la fecha de su utilización en España.

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  1. Hola,

    Vivo en Alemania y próximamente me volveré a España. Mi caso es un poco particular porque mi coche actual lo compré en España en 2013, pero me mudé a Italia en 2014. En Italia cambié la matrícula. Después en 2019 me mudé a Alemania, donde resido desde entonces, y le cambié la matrícula también. Ahora cuando vuelva a España le volveré a cambiar la matrícula, pero en el proceso que se describe aquí dice que se tiene que presentar factura o contrato de compraventa. Yo no tengo eso. Y además ni en Alemania ni en Italia me lo pidieron nunca. ¿Qué se hace en este caso?

    Gracias

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    • Hola Manuel;
      Es documento obligatorio en España la presentación de factura y/o contrato de compraventa del vehículo para poder optar a la matriculación por cambio de residencia del vehículo y poder beneficiarte de la exención de impuestos. Solo en algunos casos de vehículos muy antiguos o clásicos, se puede llegar a justificar mediante hacienda la compra a veces sin factura, pero es difícil.

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      • No es necesario contrato de compra venta si el titular del vehículo es el propio interesado, es decir, el coche que se trae a España ya está a nombre de la persona que lo rematricula.

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  2. Hola, llevo 2 años viviendo en Holanda, donde he adquirido un coche clasico (+40 años) con instalacion a glp. Voy a mudarme a españa en breves. Al ser cambio de residencia, voy a tener algún problema con la instalación a glp?
    Gracias!

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    • Hola PAu, si se cumplen todos los requisitos para matriculación por cambio de residencia, no necesitarías homologación individual, solamente ficha reducida, por lo que el proceso de homologación se simplifica bastante.

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  3. Guten Abend, gracias por la información aportada. A ver si puedes confirmar unas dudas. Tengo certificado de empadronamiento de un año y medio en Frankfurt ( domicilio de un amigo sin contrato de alquiler pero si documento oficial el cual certifica mi empadronamiento en este domicilio delante las autoridades ), tengo cuenta bancaria alemana y compre el coche hace 1 año y 3 meses a un particular con contrato Aleman. Cuando tuve el empadronamiento alemán me di de baja del español. No me di de baja en el consulado. El próximo mes de marzo regreso a España, cumplo los requisitos para la matriculación por cambio de residencia habitual?.
    ( o tendría que haberme dado de baja del consulado en España y alta en el consulado Alemán?o no hace falta consulado Alemán solo baja español ?). O existe otro documento oficial para demostrar el cambio de residencia.
    A ver si despejó las dudas.
    Gracias de antemano.

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    • Hola Bernardo, en principio lo que se requiere es la baja consular del país de destino, en tu caso Alemania, deberías haberte dado de alta en el consulado al llegar a Alemania y la baja en el momento de salida del país.
      Hay casos en los que aceptan otros documentos, como contratos de alquiler, contratos de trabajo, cuentas bancarias del país, etc… por lo que en tu caso te recomendaríamos obtener cuantos documentos te fuesen posibles e intentar tramitar la matriculación por cambio de residencia, todo depende de la administración que lo supervise.

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  4. Hola buenas. Espero me puedan ayudar con esta duda.
    Me gustaria saber si los documentos que tengo serian suficientes para poder pasar aduanas y traer el vehiculo como «cambio de residencia». Mi caso es un poco particular.
    Mi marido compro el coche en Emiratos Arabes en 2016 (tenemos la factura original de compraventa) despues me lo transfirio a mi nombre (no fue una compraventa como tal, ni pague nada por el , entonces no tengo documento que demuestre el cambio de nombre). En el certificado de matrimonio se puede comprobar que el es efectivamente mi marido, pues la factura muestra su nombre tal cual como el certificado de matrimonio. Todos los documentos oficiales con respecto al coche estan a mi nombre (la ITV, el seguro, los detalles del vehiculo, TODO), lo unico que no tengo todavia es la baja consular (pero llevo casi 4 anos aqui, osea que puedo probar que he vivido mas de 12 meses fuera de Espana), la hare en estos dias y el padron (lo hare justo al llegar a Espana). Me gustaria saber si en este caso seria suficiente para proceder con el envio del coche y me lo aceptarian como ‘cambio de residencia’ pues tengo que estar segura ya que el precio del shipment es bastante elevado. Gracias y saludos.

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    • Buenas Sonia, respecto a la inexistencia de un documento de compra o traspaso del vehículo, habría que demostrar efectivamente con todos los documentos que se tengan, su propiedad. Pero un tema importante es que si ya llevas 4 años empadronada en España, quizás no puedas justificar el traslado por cambio de residencia.
      Puedes ponerte en contacto con nosotros y te ayudaremos.

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  5. Hola Buenos días,
    He trasladado mi residencia desde Reino Unido a España. Todavia no puedo cumplir todos los requisitos. En relación a mi coche, tendría que pagar el 10% de arancel y el 21% de IVA, o solamente el 21% de IVA, al ser tratarse de un cambio de residencia?
    Muchas gracias de antemano

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    • Buenas Antonio; Si no se cumplen los requisitos para realizar la matriculación por cambio de residencia, se deberán pagar todos los gastos relativos a la importación, IVA y aranceles, así como impuesto de matriculación y gastos de homologación en caso de ser necesario.
      En caso de poder optar a la matriculación por cambio de residencia cumpliendo los requisitos, estaría exento del pago de los mismos.

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  6. Hola,

    Llevo 6 anhos viviendo en USA y en un anho mas volvere a Espanha. Tengo dos coches que me gustaria llevarme a mi vuelta y acogerme a los beneficios de cambio de residencia (estoy dado de alta en el consulado del pais extranjero, cotizo aqui, etc).
    Me gustaria saber si estos beneficios de importacion por cambio de residencia solo aplican a un vehiculo por persona o si podria llevarme los dos coches sin problema.
    Gracias por adelantado.

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  7. Hola, los 6 meses de antigüedad del vehículo o contrato de compra venta entre particulares, desde cuándo se cuentan, ¿desde que se embarca el vehículo en origen o desde que llega a España?

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  8. En 2019 me traje el coche a España por cambio de domicilio y fui exenta del impuesto de matriculación. Ahora, en 2022, quiero vender el coche y me dicen que para ello tengo que abonar el impuesto porque aún no han pasado 4 años….Según entiendo de la normativa, en el caso de exención por cambio de residencia tan solo tienen que pasar 12 meses desde la matriculación en España para poder vender el coche sin abonar el impuesto…que opinas?

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    • Cuando hemos sido beneficiarios de algún descuento de Hacienda, deben de pasar al menos 4 años, para poder venderlo o transferirlo, de lo contrario, si lo hiciésemos antes, se deberá de abonar el importe del beneficio adquirido en su momento.

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  9. Hola,

    ¿Cuánto suele costar la obtención/ liquidación del DUA para un vehículo usado por cambio de residencia (desde Reino Unido a España)?

    Gracias por adelantado.

    Juanjo

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    • Buenas Juanjo, el coste del servicio por obtención y trámites aduaneros para la obtención del DUA serían 250 € + IVA más los costes del documento unos 120 € aproximadamente. Puedes contratar nuestro servicio y te ayudaremos en todos los trámites.

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  10. Buenos días.
    En el caso de María, en el que quiere vender el coche antes de los cuatro años tras haberse acogido a cambio de residencia, debería de satisfacer solo el impuesto de matriculación o debería de pagar también los aranceles y el IVA?
    Muchas gracias por adelantado

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  11. Hola,

    Vivo en Canadá y me gustaría llevarme mi moto conmigo de vuelta a España. Cumplo con los requisitos para las exenciones, pero tengo un par de dudas:
    Una de ellas es que la moto tiene modificaciones, y no se si eso generaría algún problema o si habría que homologar.
    También he visto que una vez en España, debes usar tu vehículo al menos durante 12 meses. Esto debe ser inmediatamente llegues a España o puede ser más tarde. Allí no tengo carnet de moto y debido a la cilindrada no podría conducir la moto hasta pasados dos años.

    Un saludo y gracias!

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    • Hola Gabriel, una de las ventajas de matricular el vehículo como cambio de residencia al margen del ahorro de los impuestos de matriculación es que te ahorrarías tener que realizar la homologación correspondiente en caso necesario. En caso de no cumplir requisitos para realizar la matriculación por cambio de residencia, deberías de realizar la homologación antes de matricular el vehículo en caso de no poder homologar o que las modificaciones no fuesen homologables no podrías matricular el vehículo.
      En cuanto al tiempo de uso en España, se refiere a que no podrás vender ni alquilar el vehículo hasta pasados 12 meses una vez en España, no es necesario conducirlo

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  12. Hola, habría alguna excepción al plazo de 6 meses en posesión del vehículo? justificado por un traslado forzoso de residencia habitual.

    Gracias, un saludo.

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    • En regla general no, pero se podría presentar toda la documentación para su estudio si hubiese pruebas suficientes, todo depende de la empresa gestora.

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  13. Buenos días
    He estado trabajando en Alemania durante 3 años,empadronado allí y con contrato de alquiler. Mi empresa me dió coche de renting pero me acabo de comprar uno con factura de abril 2023. El mes de junio 2023 vuelvo a España para ya residir allí con cambio de empadronamiento a ciudad española.
    No se cumplen los 6 meses de antigüedad del vehículo comprado en Alemania.
    Tengo que pagar todos los impuestos al no tener factura de compra del vehículo de más de 6 meses?
    gracias

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